A- de 2019
Ponente José Fernando Reyes Cuartas
✓Demandante Fernando Martinez Arenas·Demandado Rodolfo Hernandez Suarez
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Competencia de jueces del circuito
- Declarar la nulidad de todo lo actuado en el proceso de tutela y remitir el expediente al juzgado que en primer lugar conoció el asunto
- Alcance en el ordenamiento constitucional y en el derecho internacional
- Vulneración por falta de competencia del juez
- Falta de competencia genera nulidad absoluta insaneable
- Concepto y alcance
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
En este caso la Corte analiza tres acciones de tutela que por presentar unidad de materia fueron acumuladas para decidirlas en un solo fallo.
Teniendo en cuenta que en uno de los expedientes se presentó una nulidad insaneable relacionada con la violación de la norma que establece que las acciones de tutela dirigidas contra la prensa y los demás medios de comunicación son de competencia de los jueces del circuito, la Corte decidió declarar en éste la nulidad de todas las actuaciones surtidas con posterioridad al auto que vinculó al trámite al periodista Jorge Alfredo Vargas, al Programa Voz Populi, al Canal Caracol Televisión S.A. y a la cadena radial Blu Radio.
Lo anterior, conservando las pruebas recaudadas.
Se ordena remitir el expediente al Juzgado que lo tramitó, para que lo envíe, por competencia, a la oficina de reparto correspondiente, para que se asigne el mismo entre los jueces con categoría de circuito.
Se dispone así mismo, la separación procesal de este caso de los otros dos acumulados, para que de manera posterior sea fallado de manera independiente.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (5 puntos)
- Primero. DECLARAR la nulidad de todas las actuaciones surtidas con posterioridad al Auto del 28 de marzo de 2019 proferido por el Juzgado Veintiuno Penal Municipal con Funcion de Control de Garantias de Bucaramanga (expediente T-7.547.085), mediante el cual dispuso vincular al tramite de tutela al periodista Jorge Alfredo Vargas, al programa Voz Populi, a Caracol Television S.A., y a la cadena radial Blu Radio de Colombia. Lo anterior, conservando las pruebas que obran en el expediente, de conformidad con lo expuesto en la parte considerativa de la presente decision.
- Segundo. DEVOLVER el expediente T-7.547.085 al Juzgado Veintiuno Penal Municipal con Funcion de Control de Garantias de Bucaramanga para que remita el expediente, por competencia, a la oficina de reparto de Bucaramanga de manera que el asunto sea asignado entre los jueces con categoria de circuito de dicha ciudad.
- Una vez se dicten las respectivas sentencias de instancia, la autoridad judicial correspondiente debera enviar el expediente al despacho del magistrado sustanciador para que se adopte la decision correspondiente en sede de revision.
- Tercero. DECRETAR la separacion procesal del expediente T-7.547.085, cuya acumulacion fue ordenada por la Sala de Seleccion de Tutelas numero Nueve mediante Auto del 12 de septiembre de 2019, para que sea fallado de manera independiente. Lo anterior, conforme lo senalado en la parte considerativa de la presente decision.
- Cuarto. Proceda la Secretaria General de la Corte Constitucional de acuerdo con lo dispuesto en el presente auto.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.